Revista Perspectiva | 14 marzo 2025.

Por la suspensión de las negociaciones de un tratado de libre comercio con EEUU!

    15/10/2014.

    Por unos tratados de libre comercio con una armonización al más alto nivel posible de las normas sobre medio ambiente, trabajadores y consumidores!

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    Actualmente, la Unión Europea (UE) y los Estados Unidos de América (EE.UU.) están negociando un tratado de comercio transatlántico (Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión, TTIP, por sus siglas en inglés). Desde nuestro punto de vista, las conversaciones sobre comercio entre la UE y EEUU serían provechosas si se utilizaran para ayudar a definir una política de comercio que pusiera las bases de unas normas para una globalización más justa. El objetivo debe ser aportar una mayor prosperidad para un segmento más amplio de la población, mejorar las normas económicas, sociales y medioambientales, y crear estructuras para una competencia justa así como buenas condiciones laborales.

    En este sentido, las actuales negociaciones del tratado de libre comercio entre la UE y EEUU se encaminan en el sentido equivocado. Tanto las reglas confidenciales como la falta de transparencia están evitando el adecuado debate público. Algunos elementos que han salido a la luz pública causan gran preocupación y críticas generales. La principal razón para la preocupación radica en los diferentes niveles de protección para las personas consumidoras, el medio ambiente y los trabajadores y trabajadoras. Bajo determinadas circunstancias, un tratado de comercio que aún liberaliza más los mercados, incrementando por lo tanto la intensidad de la competencia, podría presionar los reglamentos europeos o erosionar la cogestión y los derechos sindicales.

    Seis de los ocho derechos fundamentales de las normas básicas del trabajo de la OIT no han sido ratificados por los EEUU. Entre ellos, hay convenciones de importancia vital para los sindicatos, relativos a la libertad de reunión y el derecho a la negociación colectiva. Es absolutamente necesario que los dos socios contractuales se comprometan a ratificar e implementar los convenios internacionales y las normas sobre la protección del medio ambiente, el trabajo y el consumo, lo antes posible. Esto incluiría, antes de ninguna firma, la ratificación de las normas básicas del trabajo de la OIT, otras normas del trabajo que la OIT considera relevantes y las directrices de la OCDE para las empresas multinacionales.

    En los campos de la protección del medio ambiente, la protección del consumo, y la regulación de la banca y del mercado financiero, el TTIP pretende crear la armonización y el reconocimiento mutuo de procedimientos de regulación y aprobación que pueden ser peligrosos, permitiendo que niveles de protección más bajos (con correspondientes precios y costes bajos) se conviertan en la norma. Esto sería el resultado tanto de acordar una norma "más débil" como de mecanismos de mercado que desplazan productos con unos estándares "más altos" (y precios y costos más altos) a favor de otros con estándares "más bajos".

    La liberalización de los servicios deseada por TTIP podría poner los servicios públicos bajo la presión de la privatización. Las protecciones especiales también en otras áreas de servicios que los sindicatos consideran necesarias podrían ser eliminadas. Hay que excluir los servicios públicos de las negociaciones con EEUU, como la educación y la sanidad, los relacionados con el mercado laboral y social, los servicios audiovisuales y culturales, así como el abastecimiento de agua corriente y los servicios postales o de transporte público municipal. Todos ellos no deberían ser temas de negociación, incluso si una de las dos o las dos partes contractuales las hubieran ya liberalizado. Las autoridades públicas locales o regionales deben ver garantizada un área permanente y exhaustiva de operaciones para designar servicios de interés económico general.

    Las negociaciones con EEUU deben servir para reforzar el principio de adquisición pública responsable ecológicamente y socialmente. Es decir, ligar la concesión de contratos al cumplimiento de los convenios colectivos, el pago de salarios mínimos y en condiciones similares. Bajo ningún concepto, los mercados de adquisición liberalizados en el contexto del TTIP pueden llevar a situaciones donde se dejen de aplicar las reglas existentes en la contratación pública.

    En caso de que el TTIP introduzca reglas que permitan una amplia interpretación de términos tales como "expropiación indirecta" o "tratamiento justo y equitativo", los inversores extranjeros podrían definir toda nueva legislación medioambiental o de derechos laborales reforzados como una infracción de sus derechos como inversores. Haciendo uso de derechos especiales de indemnización (Acuerdo sobre la disputa estado-inversor, ISDS, por sus siglas en inglés), los inversores privados podrían atacar estas leyes ante tribunales opacos de arbitraje. No se puede aceptar que la protección de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, los derechos medioambientales y otras medidas gubernamentales para el bien público estén subordinadas a los intereses de los inversores extranjeros. Las regulaciones de protección de la inversión no son necesarias en un acuerdo entre EEUU y la UE, y no deben ser introducidas a través de un TTIP. Hay que rechazar, en cualquier tipo de acuerdo, el arbitraje inversor-estado y las definiciones mal hechas sobre términos legales como "tratamiento justo y equitativo" o "expropiación indirecta".

    Se ha sabido de planes para utilizar el TTIP de cara a crear un "consejo de cooperación reguladora" transatlántico que controlaría y evaluaría nuevas normas y leyes una vez el acuerdo haya entrado en vigor. Esto podría preparar el terreno para la influencia de los lobbys y restringir las posibilidades que tendrían los gobiernos y los parlamentos de aprobar leyes sensatas a favor del interés público. Se debería excluir el hecho de poner en peligro, debilitar o sortear el derecho democrático de hacer reglas pensadas para proteger temas de beneficio común. Los parlamentos y los gobiernos tienen la autoridad de aprobar leyes y regulaciones para beneficio de sus ciudadanos y de acuerdo con sus deseos. No se puede permitir que todo esto sea más difícil gracias a la creación de un "consejo de gobierno" en el contexto de la cooperación reguladora.

    Dadas estas preocupaciones, habría que suspender las actuales negociaciones del TTIP. Habría que establecer nuevos objetivos. Habría que utilizar esta suspensión para redefinir una autoridad negociadora de la UE que sea transparente, de cara a establecer un nuevo enfoque fundamental en la política global del comercio que se centrara en la creación de relaciones comerciales justas, es decir, un marco regulador y político más equitativo para la globalización en interés de la mano de obra y los consumidores, en vez de sólo incrementar las presiones competitivas a través de la desregulación y la liberalización del mercado.

    Bajo ningún concepto pueden reducirse los niveles de protección para el medio ambiente, para los trabajadores y trabajadoras, y para los consumidores, ya sea de forma directa o indirecta. No debe haber un reconocimiento mutuo de normas, que no son equivalentes en cuanto a efectos reguladores o de funciones. El objetivo debe ser la armonización de las normas de medio ambiente, trabajo y consumo al nivel más alto posible, lo que excluiría la competencia basada en el dumping. Es más, cualquier acuerdo debe contener una cláusula de revisión que haga posible corregir desarrollos erróneos e indeseables.