Revista Perspectiva | 21 noviembre 2024.

La cogestión, alternativa y tabú

    Aunque es frecuente pensar que el capitalismo contemporáneo se dispone en una única modalidad, férreamente unificada en sus criterios, resulta más enriquecedor e interesante el argumento de que existen diversas variedades del capitalismo. 

    11/03/2019. Xosé Carlos Arias, catedrático de Política económica en la Universidad de Vigo
    Manos entrelazadas y unidas

    Manos entrelazadas y unidas

    Es cierto que allá por la década de 1970 se impuso una tendencia común hacia un modelo de acumulación flexible, en el que no cabía más que la idea de eficiencia, el énfasis en la absoluta preeminencia del mercado y el principio de maximización del valor en favor del accionista. Pero ese modelo no se impuso con la misma fuerza en todos los países. Fue en las economías anglosajonas donde el sistema de mercado puro avanzó de un modo más intenso y consistente, mientras que en un buen número de economías europeas pervivieron algunos elementos de “coordinación”, tanto en las formas de intervención del Estado, como en la estructura y la organización de las empresas. Y en este último punto destaca la presencia de algunos mecanismos de participación de los trabajadores en los órganos de decisión de las corporaciones empresariales.

    Es éste un asunto en gran medida desconocido por nuestra opinión pública. Por eso es interesante destacar que algunas de las economías más dinámicas del mundo incorporan alguna fórmula de cogestión. Serían esos los casos de algunos países escandinavos, que suelen encabezar las clasificaciones a escala mundial en cuanto los factores institucionales que en mayor medida contribuyen al progreso económico. Pero el ejemplo más representativo de participación de los trabajadores lo encontramos en Alemania. En ese país la cogestión fue aprobada en 1976, y desde entonces hasta ahora –mediando varias reformas, la más importante de las cuales fue en 2004- ha estado vigente. Supone la presencia paritaria de representantes elegidos por la plantilla en los consejos de administración de las empresas; eso sí, afectando únicamente a las de gran tamaño (de más de dos mil trabajadores).

    En los últimos años son varios los países en los que ha venido imperando el modelo puro de mercado en los que han surgido propuestas diversas cuya finalidad es la de introducir alguna medida de participación de los trabajadores en los órganos de gestión empresarial. Y aunque ninguna de ellas ha fructificado en reformas legales efectivas, cabe mencionar que en Estados Unidos, en estos momentos, está a discusión una iniciativa legislativa de la influyente senadora Elisabeth Warren, en el sentido de aprobar una nueva Ley de Capitalismo Responsable (Accountable Capitalism Ac) que, en el caso de ser aprobada, introduciría instrumentos de representación social inéditos en aquel país. Algo en este momento imposible, dada la correlación de fuerzas parlamentarias, pero interesante en sí mismo por lo que pudiera tener de efecto anuncio pe cara los años próximos.

    Aquí cabe formular una pregunta de bastante calado: centrándonos en Alemania, ¿han supuesto las fórmulas de cogestión un inconveniente, una rémora, para la capacidad competitiva de aquella economía? Si nos atenemos a las declaraciones de algunos altos responsables de su política económica, no lo parece. Por mencionar una única declaración, el partido hegemónico en el gobierno, CDU, afirmaba en marzo de 2016: “Nuestro modelo de cogestión es uno de los principales motivos para el éxito económico de las empresas alemanas, así como del bienestar en el país… Los derechos de participación en las decisiones empresariales incrementan la identificación con las empresas y mejoran notablemente la calidad de las decisiones empresariales. Por tanto, nuestro modelo de cogestión es una ventaja en el marco de la competencia internacional”. Los datos conocidos –por ejemplo los relativos a la posición de las empresas alemanas en el comercio mundial- parecen darle la razón.

    Estos últimos comentarios sugieren que detrás de ese modelo de participación hay bastante más que una cierta idea de transparencia, de “democracia social” o de “capitalismo inclusivo” (sobre el cual, en todo caso, no sobraría una conversación pública en tiempos en los que el malestar social se extiende). Hay también razones puramente económicas que parecen avalarlo. Es oportuno mencionarlo, subrayando que la cogestión forma parte del famoso “modelo económico alemán”. Y lo es sobre todo porque es de sobra conocido que desde el comienzo de la crisis en la eurozona la política económica del conjunto de los países europeos –y desde luego, de España- ha estado muy marcada por el dictat alemán; sin embargo, de aquel modelo hemos recogido sólo el aspecto de la visión macroeconómica ordoliberal, pero manifiestamente hemos ignorado otras facetas, menos acordes, digamos, con las inercias doctrinales imperantes.

    Porque la cuestión de la participación de los trabajadores en los órganos de gestión de las empresas apenas se ha asomado al debate público en España, más allá de las posiciones de algunas fuerzas sociales. Recae sobre ella una especie de tabú, pues pareciera un asunto muy poco apropiado para el funcionamiento normal de una economía de mercado. Algo que, por lo demás, supondría una carga adicional al funcionamiento empresarial en tiempos en que la flexibilidad, la movilidad y la toma rápida de decisiones marcan la barrera entre el éxito y el fracaso. Poco importa que algunos importantes expertos en organización empresarial –como el profesor Vicente Salas- detecten en nuestra economía un déficit en lo que llaman “capital organizacional”: habría márgenes para mejorar la productividad, introduciendo cambios en los modelos de gestión. Y aquí aparecería, cuando menos, un motivo para una discusión acerca de si una mayor participación de los trabajadores puede contribuir a esa mejora.

    ¿Hubiera permitido una eventual aplicación de ese modelo en España evitar el desastre del empleo a partir de 2009, mediante acuerdos internos de reducciones provisionales de salarios y reparto del empleo dentro de las propias empresas, tal y como ocurrió, con gran éxito, en Alemania? No lo sabemos, porque el asunto es más complejo, pero una discusión en profundidad sobre ello no sobraría. Parece claro, en todo caso, que existen formas distintas de entender la flexibilidad, y que la que se registra en el interior de las empresas pudiera ser facilitada por la existencia de instancias efectivas de representación.

    Ciertamente hay razones para pensar que la introducción de algún tipo de cogestión en España no sería ninguna panacea; por ejemplo, nuestro alto grado de minifundismo empresarial restringiría mucho su aplicación. También hay restricciones que tienen que ver con motivos culturales. Pero es sin duda muy sorprendente –y también revelador de la pobreza que el debate político-económico registra entre nosotros- que sobre esta cuestión siga recayendo un oscuro y denso velo.